Abogado Bilmez: Las leyes no se aplican en la prisión de Imrali

El líder Ocalan ha estado detenido en condiciones de estricto aislamiento en Imrali durante 26 años, en relación con la prisión de Imrali, el estado turco no implementa todos los derechos legales y los tratados internacionales en su propia constitución, mientras que las organizaciones internacionales guardan silencio sobre las solicitudes de los abogados

Abogado Bilmez: Las leyes no se aplican en la prisión de Imrali
16 May, 2024   14:51
Newsdesk
JIHAN BELKIN

Las autoridades turcas impusieron recientemente un nuevo castigo al líder y a otros detenidos en la prisión de Imrali por un período de 3 meses, lo que planteó la pregunta: "¿Cuáles son las leyes vigentes en Imrali?"

En una entrevista con la Agencia ANHA, el abogado Ibrahim Bilmez, uno de los abogados del líder Abdullah Ocalan, declara que el sistema que prevalece en Imrali es ilegal.

Bilmez señala que no ha habido respuesta a las solicitudes presentadas en el marco de la ley hasta ahora: "El sistema que se preparó específicamente para Imrali y que ha prevalecido desde 1999 hasta ahora no tiene una dimensión legal".

Bilmez explica que el estado turco viola sus propias leyes y dice: “No podemos hacer nuestro trabajo como abogados. No podemos defender a nuestro cliente. Bajo esta ley, todas las autoridades deben ayudar a los abogados a cumplir con sus deberes".

Bilmez deja claro que no se implementaron leyes o tratados en Imrali, y proporciona la siguiente información:

Muchos artículos del Código Penal No. 5275 están siendo violados, y para evitar visitas a las familias de los detenidos, primero crean pretextos como "penas disciplinarias". Recientemente impusieron una nueva sanción disciplinaria que impide reunirse con la familia. Estas sanciones disciplinarias se imponen periódicamente cada 3 meses

-El artículo 25 del Código Penal estipula el derecho a la visita familiar.

Estas visitas están prohibidas en virtud de la segunda cláusula del artículo 43 del Código Penal, pero como se indica en los informes del Comité Europeo contra la Tortura, no hay razones para prohibir o impedir las visitas familiares, y el artículo 25, sobre el derecho a permitir visitas familiares al detenido, viola el propio artículo 43, que solía imponer sanciones disciplinarias sin cumplir con sus condiciones.

El artículo 66 del Código Penal estipula el derecho a hacer llamadas telefónicas, pero no se permite ejercer este derecho, y el Sr. Ocalan solo ha hecho dos llamadas telefónicas desde su arresto en Imrali hasta ahora.

-El artículo 68 del Código Penal estipula el derecho a enviar mensajes, y no sabemos si los mensajes que enviamos llegan a Imrali o no, mientras que no llegan mensajes desde allí, por lo que también se viola esta ley.

El artículo 107 del Código Penal estipula el derecho a la libertad condicional. Bajo esta ley, nuestro cliente, el Sr. Veysi Aktaş, que fue condenado a cadena perpetua, debería haber sido liberado después de 30 años, pero esto no se implementó y su sentencia se extendió por un año más.

Derechos violados estipulados en los tratados internacionales

Derechos violados estipulados en la Constitución de la República de Turquía, la Convención Europea de Derechos Humanos y las Convenciones de las Naciones Unidas (la Convención sobre los Derechos Políticos y Civiles Internacionales y la Convención sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Internacionales).

El derecho a no ser sometido a tortura y malos tratos estipulados en el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 17 de la Constitución de Turquía se violó en Imrali, imponiendo un aislamiento absoluto durante un período de 3 años y medio y no permitiendo la comunicación con nadie se considera tortura psicológica y maltrato, según la decisión del tribunal.

El derecho a un juicio justo estipulado en el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 36 de la Constitución de Turquía se violó en muchos aspectos, incluida la prevención de reuniones con abogados, no informar a nuestros clientes de sanciones disciplinarias.

No permitir que nuestros clientes se reúnan o llamen por teléfono a sus familias es una violación del derecho al respeto de la vida familiar y privada estipulado en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 20 de la Constitución turca.

Se ha violado el artículo 5 de la Convención Europea de Derechos Humanos y el derecho de las personas a la libertad y la seguridad estipulado en el artículo 19 de la Constitución turca. Nuestros clientes no son arrestados de acuerdo con las leyes.

-En el artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y en el artículo 38 de la Constitución turca. La forma de castigo que están cumpliendo nuestros clientes no existe en ninguna ley, por lo que es ilegal.

-Se viola el principio de libertad de expresión estipulado en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y el artículo 25 de la Constitución turca, ya que a nuestros clientes no se les permite expresarse de ninguna manera.

-Violación del derecho a una solicitud efectiva estipulado en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y en el artículo 40 de la Constitución turca. Nuestros clientes no pueden presentar ninguna solicitud efectiva porque no se reúnen con sus abogados, ya que el Tribunal Supremo rechaza sus solicitudes. A pesar de todas nuestras solicitudes, no nos proporcionan borradores de sanciones disciplinarias ni las decisiones del Tribunal de Ejecución bajo las cuales nuestros clientes son castigados.

Métodos y técnicas legales para hacer frente a estas violaciones

Bilmez comparte las solicitudes presentadas contra las violaciones de las leyes a nivel del derecho nacional e internacional.

"A nivel de derecho interno, nos oponemos a las sanciones disciplinarias y a la prohibición de reuniones con abogados, pero el Tribunal de Aplicación de Turquía en Bursa rechaza directamente estas solicitudes de objeción.

Presentamos solicitudes de objeción al Tribunal Penal Supremo de Bursa contra las decisiones del Tribunal de Ejecución de Bursa, pero nuestras solicitudes de objeción son rechazadas con una decisión muy breve y sin indicar ninguna razón.

-Revisamos el Tribunal Constitucional, pero desafortunadamente los procedimientos en este tribunal continúan durante años y las decisiones nunca se toman, y si el Tribunal Constitucional rechaza la decisión, y por supuesto, se rechaza muchas veces, esta vez recurrimos a mecanismos legales internacionales.

-Estamos revisando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y hemos presentado muchas solicitudes en este contexto. Está claro que hay injusticia y falta de ley. No obtenemos un resultado efectivo, y hasta que termine la legislación interna, los procedimientos continúan durante años y esperamos las visitas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos durante años.

-Hemos revisado el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que también es un tribunal internacional como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Turquía es signataria de la Convención Gemela de las Naciones Unidas, y el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aceptó nuestra solicitud de tomar las medidas necesarias y emitió una decisión para hacerlo, e informó a Turquía de la necesidad de un permiso inmediato. A los detenidos de Imrali se les permitió reunirse con sus abogados sin ninguna restricción, pero desafortunadamente Turquía no implementó esto, por lo que informamos de esto al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, recordando a Turquía su decisión de nuevo. Sin embargo, Turquía no volvió a implementar esta decisión.

-Estamos en contacto constante con el Comité Europeo contra la Tortura, y el comité visitó Imrali 8 veces y reveló los informes de estas visitas, pero no publicó su informe relacionado con su novena visita, y el comité había advertido a Turquía varias veces en sus informes. El informe anterior identificó muchas violaciones, pero Turquía no ha implementado ninguna de ellas, y Turquía aún no ha aprobado el último informe, mientras que el Comité Europeo contra la Tortura no lo ha publicado, pero nuestras reuniones con este último continúan.

"El aislamiento no está separado de la cuestión kurda"

El abogado Ibrahim Bilmez declara que la política seguida hacia Imrali no está separada de la cuestión kurda, y continúa: “El Sr. Ocalan planteó este asunto durante sus juicios en Imrali, diciendo: 'Mi caso es un problema político, no solo legal', y es por eso que la lucha debe tener lugar a nivel legal y político". Por lo tanto, nos preocupamos por los aspectos legales y diplomáticos. Debemos tomar medidas y levantar la voz en voz alta contra el aislamiento".

ANHA